Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI) Reflexiones conceptuales. (I)

La definición brindada por la UNESCO (2003) dice que:
“Se entiende por patrimonio cultural inmaterial (PCI) los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se trasmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto por la diversidad cultural y la creatividad humana”.

Si tomamos esta definición como referente de la construcción de políticas culturales y de la gestión del patrimonio, vale la pena realizar un análisis de la misma. Examinemos entonces dicha definición considerando los alcances y dificultades que la misma plantea en relación a seis nudos problemáticos (propuestos por Lacarrieu): la categoría de patrimonio, el vínculo material-inmaterial, la noción de “totalidad”, el aspecto de “conservación” dado al patrimonio, el lugar donde ubicar al patrimonio inmaterial y la relación estrecha entre la noción de patrimonio inmaterial y la categoría de cultura. En esta entrega consideraremos los tres primeros.

1. La categoría de “patrimonio”: El concepto clave “patrimonializar”, adquiere diferentes sentidos en función de los distintos actores y niveles de acción programáticos involucrados en el reconocimiento del PCI e incluso en el tipo de reconocimiento que pueda hacerse de esas expresiones, usos, etc.

Además, en la misma definición estarían presentes explícita e implícitamente varios “niveles de reconocimiento” y diversos actores. El nivel de lo local (“...las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural”) y el nivel global, el organismo internacional (“Se entiende por patrimonio cultural inmaterial...”), y en el medio de ambos, el nivel nacional cumpliendo un papel de mediación muy importante entre los otros niveles (los Estados partes inscriben las listas de PCI en la Convención, promueven la participación en la salvaguardia, de las bases depositarias del PCI, etc.)

En cuanto a los diversos actores, se señalan claramente -en la definición que se analiza- a los actores del campo de especialistas, a los del organismo internacional y a los ciudadanos. De nuevo, implícitamente estarían mediando los actores del campo político-gubernamental de cada Estado participante de la Convención.

Habiendo efectuado estas distinciones, vale la pena preguntarse si la patrimonialización es preexistente a las expresiones involucradas. Es decir, ¿las expresiones son “naturalmente” patrimonio? Creemos que no, al menos en el nivel local, en la medida que concebirlas como patrimonio depende de qué comunidades, grupos e individuos las reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural.

Entonces, ¿deberían ser reconceptualizadas en función de ciertos procesos que impliquen un tránsito desde la manifestación hacia la categorización de patrimonio?
En el nivel local la patrimonialización ocurre cuando se toma conciencia, colectivamente, de que esos elementos del PCI infunden un sentimiento de identidad y continuidad, pero no solamente de esto, también cuando dichos elementos juegan un papel en la concientización social y en la posibilidad de ponerlos al servicio de los beneficios que esa patrimonialización puede redituar para la colectividad (en beneficio de unos cuantos o para bien del colectivo).

2. El vínculo material-inmaterial: Desde la conceptualización citada, una de las hipótesis probables es que se promueve la cosificación, la enajenación, la reificación del PCI al dejar fuera a los seres humanos que lo vehiculan. ¿Cómo puede ser una cultura, unas prácticas culturales, existir sin el hombre, sin la colectividad? En la conceptualización de la UNESCO, se tiende a priorizar el carácter objetual del patrimonio cultural, aún si desde hace algunos años en los foros promovidos por el organismo se fortalecen los análisis que contextualizan el patrimonio en su medio social y natural.

3. La noción de “totalidad”: Es visible la contradicción entre una noción de patrimonio ampliada (que involucra todas las expresiones y representaciones que la comunidad reconozca) y la noción clásica de patrimonio asociada al carácter “restrictivo” de los bienes y/o expresiones potencialmente reconocidos como tal. Asunto que tiene que ver con ejercer el derecho a patrimonializar, con la democratización de la patrimonialización, si se hace desde ‘abajo’, desde las comunidades y no desde las cúpulas.

Podemos mencionar también el viejo asunto de a qué producciones se les denomina “patrimonio” y a cuáles no, en función de las fuerzas sociales de grupos o segmentos que aplican tales denominaciones. Así, en el terreno de lo patrimonializable, se tendería a dejar fuera de la noción de patrimonio a las expresiones, representaciones y conocimientos de las clases subalternas, con las consecuencias en el nivel operacional de falta de visibilidad, negación y falta de respeto de la diversidad cultural, profundamente ligada a la diferencia social.

En: Observatorio Cultural Veracruz
http://observatorioculturalveracruz.blogspot.com/2009/03/el-patrimonio-cultural-inmaterial-pci.html

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